El empleador podrá homologar el examen preocupacional de los trabajadores ante la Autoridad competente, frente a un hallazgo detectado en el mismo, como forma de dejar asentado ante la Superintendencia de Riesgos del Trabajo toda patología PREEXISTENTE al momento de la incorporación a la planta permanente. De esa forma queda determinado que el origen de la patología es previa a la incorporación del trabajador a la empresa, por cuanto no se podrá atribuir esa enfermedad a su actividad laboral.